Logo

11/03/13 | Informes

EXPORTACIONES - Paso a paso: como hacer la correcci贸n del Cumplido

Image EXPORTACIONES


Paso a paso: como hacer la correcci贸n del Cumplido

La Administraci贸n Federal de Ingresos P煤blicos ha establecido por medio de la Resoluci贸n General N潞 3092, el procedimiento para efectuar la correcci贸n de errores en el registro del Precumplido y/o Cumplido de Destinaciones de Exportaci贸n en el SIM.

Debido a consultas que hemos recibidas sobre el tema, se ha considerado conveniente hacer un repaso del procedimiento, el cual se encuentra en vigencia desde el 29 de abril del a帽o pasado.


1) Solicitud de Rectificaci贸n

La solicitud de rectificaci贸n por errores de carga del registro del precumplido o cumplido en el SIM, se formalizar谩 mediante la presentaci贸n de una nota firmada por el exportador o el despachante de aduana o, en su caso, por su respectivo autorizado o apoderado.

En caso de tratarse de una destinaci贸n suspensiva de tr谩nsito de exportaci贸n efectuada a trav茅s del SINTIA y se encuentre registrada la Confirmaci贸n de Salida, la solicitud tambi茅n deber谩 ser firmada por el ATA interviniente.



2) Requisitos de la Solicitud

En la solicitud de rectificaci贸n deber谩n describirse los datos que fueron ingresados err贸neamente en el SIM.

En cuanto a las destinaciones de exportaci贸n que cancelen destinaciones suspensivas de importaci贸n temporaria, adem谩s de lo mencionado en el p谩rrafo precedente, la solicitud deber谩 contener (en forma detallada e inequ铆vocamente) las correcciones que se plantean para cada uno de los 铆tems y sub铆tems afectados a las destinaciones suspensivas que se cancelan.

El servicio aduanero constatar谩 los datos de la destinaci贸n de exportaci贸n por medio de la imagen digitalizada disponible, en los t茅rminos de la Resoluci贸n General N潞 2573, sus modificatorias y complementarias (Depositario Fiel).

Si la documentaci贸n aduanera no estuviere digitalizada, por no, haber vencido el plazo para ello, se deber谩 aportar la totalidad de la misma a efectos de que el servicio aduanero realice los controles pertinentes y posteriormente la devuelva al interesado.



3) Lugares de presentaci贸n

Las solicitudes de rectificaci贸n deber谩n presentarse en las 谩reas operativas en las que tuvo lugar el error inform谩tico de la carga del precumplido o cumplido.

Cuando el SIM no permita validar la rectificaci贸n requerida, las 谩reas operativas derivar谩n el tr谩mite, seg煤n corresponda, a la Divisi贸n Registro de Exportaci贸n de la Direcci贸n de Aduana de Bs. As. Divisi贸n Registro de la Direcci贸n de Aduana de Ezeiza o Secci贸n 鈥淩鈥 de las Divisiones Aduana del Interior, debiendo adjuntar a la solicitud de rectificaci贸n la impresi贸n de la pantalla de dicho sistema, donde consta el mensaje de error emitido por el uso de la transacci贸n.



4) Tr谩mite de la Rectificaci贸n

El servicio aduanero evaluar谩 la documentaci贸n mencionada en el punto 2 a fin de dar curso a la solicitud de rectificaci贸n.

Las jefaturas de las 谩reas operativas donde se presenta la rectificaci贸n autorizar谩n la solicitud.

El registro inform谩tico de la rectificaci贸n en el SIM (siempre que el Sistema lo permita y que no sea necesaria la intervenci贸n de la Div. Reg. de Exportaci贸n) estar谩 a cargo del 谩rea en la que se present贸 la solicitud de rectificaci贸n.

En caso que sea necesaria la intervenci贸n de la Div.Registro y hasta tanto sean desarrolladas las transacciones necesarias, ese 谩rea analizar谩 las solicitudes de rectificaci贸n y resolver谩n al respecto.

Si se hiciera lugar a la solicitud de rectificaci贸n, remitir谩n el acto dispositivo y la impresi贸n de la pantalla del SIM, donde consta el mensaje de error, a la Secci贸n 鈥淔鈥 del Departamento Control de Desarrollo y Operaci贸n de Sistemas Aduaneros de la Direcci贸n de Inform谩tica Aduanera, para que proceda a la rectificaci贸n del registro inform谩tico.

Una vez efectuada la rectificaci贸n, la citada Secci贸n 鈥淔鈥 devolver谩 lo actuado al 谩rea solicitante y remitir谩 copia autenticada de las actuaciones con el agregado de las tareas inform谩ticas realizadas, para conocimiento del Departamento Fiscalizaci贸n Aduanera Metropolitana o de la Direcci贸n Regional Aduanera.

En las destinaciones suspensivas de tr谩nsito de exportaci贸n, las 谩reas operativas en las que haya tenido lugar el error inform谩tico de la carga del precumplido o cumplido, previa constataci贸n de la documentaci贸n aportada, coordinar谩n con las 谩reas de jurisdicci贸n de la Aduana de Salida Destino las acciones de reversa y nueva carga del precumplido o cumplido.
Fuente: AFIP - Resoluci贸n General N潞 3092.

FUENTE: WWW.SMO.COM.AR
Bolet铆n SIDCE


Nota de DA: Ejecutar el archivo adjunto para su guarda.

Image Image Image Image