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13/12/22 | Normativa

Res.SENASA 808/22

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Ref. Solicitud de Autorizaci贸n de Exportaci贸n y/o Importaci贸n - Tr谩mite a trav茅s de VUCEA o TAD - Pr贸rroga.
09/12/2022 (BO 13/12/2022/
VISTO el Expediente N掳 EX-2018-55138880- -APN-DNTYA#SENASA; la Ley 27.233; los Dec.434/16 del 1 de marzo de 2016 y Dec.891/17 del 1 de noviembre de 2017; el Decreto Reglamentario Dec.776/19 del 19 de noviembre de 2019; las Res.MA 381/17 del 28 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, Res.SENASA 75/19 del 29 de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Res.MA 381/17 del 28 de noviembre de 2017 del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se dispuso que toda norma del citado ex-Ministerio y de sus entes descentralizados que se dicte a partir de la suscripci贸n de la referida resoluci贸n e imponga obligaciones a los administrados, deber谩 establecer expresamente un plazo de vigencia, que no podr谩 exceder los CUATRO (4) a帽os, el cual podr谩 ser prorrogado por 煤nica vez bajo decisi贸n fundada de la Autoridad Competente con rango no inferior a Subsecretario o asimilable.
Que, en tal sentido, a trav茅s de la Res.SENASA 75/19 del 29 de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA se aprobaron los campos que contienen los Certificados de Autorizaci贸n de Importaci贸n y de Autorizaci贸n de Exportaci贸n, tanto el que completa el requirente desde la herramienta Ventanilla 脷nica de Comercio Exterior (VUCE) como el que se emite autorizado por la Direcci贸n de Agroqu铆micos y Biol贸gicos, dependiente de la Direcci贸n Nacional de Protecci贸n Vegetal del mentado Servicio Nacional, actualizando los formularios a la modalidad de Tr谩mite a Distancia (TAD).
Que, asimismo, la norma adecu贸 los tr谩mites de autorizaciones de importaci贸n y de exportaci贸n a los requerimientos de simplificaci贸n e informatizaci贸n de tr谩mites dispuestos en la normativa vigente.
Que la implementaci贸n de este sistema para autorizar los tr谩mites de comercio exterior de productos fitosanitarios y fertilizantes logr贸 hacer m谩s eficiente la gesti贸n de los certificados aludidos, lo que dio lugar a una mayor rapidez y eficacia, por lo que resulta necesario su pr贸rroga.
Que la Direcci贸n de Asuntos Jur铆dicos ha tomado la intervenci贸n que le compete.
Que la suscripta es competente para dictar la presente medida de conformidad con lo dispuesto en el Art铆culo 8掳, incisos e) y f) del Dec.1585/96 del 19 de diciembre 1996 y sus modificatorios.

Por ello,
LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
RESUELVE:

ART脥CULO 1掳.- Pr贸rroga. Se prorroga por el t茅rmino de CUATRO (4) a帽os la vigencia de la Res.SENASA 75/19 del 29 de enero de 2019 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

ART脥CULO 2掳.- Incorporaci贸n al Digesto Normativo. Se incorpora la presente resoluci贸n al Libro Tercero, Parte Cuarta, T铆tulo I, Cap铆tulo II, Secci贸n 1陋 del 脥ndice Tem谩tico del Digesto Normativo del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, aprobado por la Res.SENASA 401/10 del 14 de junio de 2010 y su complementaria Res.SENASA 913/10 del 22 de diciembre de 2010, ambas del citado Servicio Nacional.

ART脥CULO 3潞.- Vigencia. La presente resoluci贸n entra en vigencia al d铆a siguiente de su publicaci贸n en el Bolet铆n Oficial.

ART脥CULO 4潞.- Comun铆quese, publ铆quese, dese a la DIRECCI脫N NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y arch铆vese.

Diana Guillen

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