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31/07/21 | Normativa

Se modifica el Anexo XI del Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones

Image El Gobierno nacional estableci贸 modificaciones al Anexo XI de la Resoluci贸n N掳 523/2017 que fija el r茅gimen de tramitaci贸n de Licencias Autom谩ticas y No Autom谩ticas de Importaci贸n para las mercader铆as comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Com煤n del MERCOSUR (NCM) con destinaci贸n de importaci贸n definitiva para consumo, mediante la Disposici贸n N掳 21/2021.

La normativa de la Subsecretar铆a de Pol铆tica y Gesti贸n Comercial. publicada en el Bolet铆n Oficial este jueves (29.07.2021), explica que se ha identificado una serie de bienes respecto de los cuales, en funci贸n de la actual coyuntura econ贸mica, resulta indispensable evaluar sus respectivos flujos comerciales. De esta forma, la totalidad de partidas arancelarias que ser谩n incluidas en esta modificaci贸n se encuentran detalladas en el Anexo XI.

Como la Resoluci贸n N掳 523 /2017 dispuso un r茅gimen para la tramitaci贸n de Licencias de car谩cter autom谩ticas y no autom谩ticas, la modificaci贸n del Anexo XI afect贸 mercader铆as comprendidas en la Partida Arancelaria de la Nomenclatura Com煤n del MERCOSUR al cumplimiento de un requisito primario antes de poder oficializar un despacho de importaci贸n para consumo (destinaci贸n definitiva de importaci贸n), debiendo realizar la tramitaci贸n de la Licencia correspondiente por medio del Sistema de Integral de Monitoreo de Importaci贸n (SIMI).

De esta forma, los Anexos II a XIV de la norma referida, identificaron todas aquellas mercanc铆as que estar谩n sujetas a la tramitaci贸n previa de licencias de importaci贸n de tipo NO AUTOM脕TICAS.

Este sistema busca implementar el alcance de informaci贸n previa a los fines estad铆sticos de niveles generales y particulares, disponiendo para ello un procedimiento de inicio canalizable en un marco de plazos que la misma norma prev茅 para tales efectos.

Al respecto, Aduana News consult贸 a algunos importadores, quienes manifestaron que tales plazos no se estar铆an cumpliendo y que (frente a la oficializaci贸n del SIMI) se visualiza el estado de 鈥渙bservada鈥, no inform谩ndose los motivos y con ello, los importadores se ven imposibilitados de obtener la Licencia para poder dar destinaci贸n de importaci贸n definitiva ante la Aduana.

En ese sentido, el abogado Guillermo Sueldo manifest贸: 鈥淎ctualmente, mediante este sistema, las importaciones se han visto restringidas, por lo tanto muchos importadores no tienen otra opci贸n que recurrir a la Justicia, quien ya supo dictar diferentes fallos haciendo lugar a las medidas cautelares frente a estas acciones de la autoridad administrativa que imponen prohibiciones temporales a partir de la omisi贸n del cumplimiento de los plazos para el otorgamiento de estas licencias鈥.

El abogado especialista en derecho aduanero agreg贸 que la Resoluci贸n 523/2017 como la Resoluci贸n 4185/2018, en los t茅rminos que se utilizan, contrar铆an los preceptos del Acuerdo GATT y que esta nueva normativa, al modificar el Anexo XI, tiende a profundizar en la pr谩ctica la restricci贸n a las importaciones.

Las modificaciones de la Disposici贸n 21/2021 entrar谩n en vigencia a partir del viernes 30 de julio de 2021.

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