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09/12/20 | Normativa

Res.Gral.DGA 4875/20

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Ref. Clasificación arancelaria.
04/12/2020 (BO 09/12/2020)
VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2020-00800938- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-16494-2018, 13289-16500-2018, 13289-16751-2018, 19144- 9072-2019, 19144-9073-2019 y 19144-16807-2019, se somete al procedimiento de consulta de clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM), a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 24/20 al 29/20.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de acuerdo con el procedimiento previsto por la Res.Gral.AFIP 1618/03.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y Técnico Legal Aduanera.
Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446 (AFIP) del 10 de septiembre de 2009.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 7° del Dec.618/97 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP) del 2 de agosto de 2017.

Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:

ARTÃCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a las mercaderías detalladas en el Anexo (IF-2020-843276-AFIP-DVDAAD#DGADUA) que se aprueba y forma parte de la presente.

ARTÃCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÃCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese.

Silvia Brunilda Traverso


ANEXO (Artículo 1°)


POSICIÓN
ARANCELARIA
NCM
DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÃA
CRITERIO DE
CLASIFICA-
CIÓN N°
ACTUACIÓN
SIGEA N°
3004.90.69
Medicamento dosificado y acondicionado para la venta al por menor, en forma de comprimidos recubiertos, constituido por tenofovir alafenamida fumarato, emtricitabina, cobicistat y elvitegravir.
24/20
13289-16494-2018
3004.90.69
Medicamento dosificado y acondicionado para la venta al por menor, en forma de comprimidos recubiertos, constituido por tenofovir alafenamida fumarato.
25/20
13289-16500-2018
3004.90.69
Medicamento dosificado y acondicionado para la venta al por menor, en forma de comprimidos recubiertos, constituido por tenofovir alafenamida fumarato, rilpivirina y emtricitabina.
26/20
13289-16751-2018
3307.20.10
Desodorante antitranspirante con fragancia masculina, líquido, acondicionado para la venta al por menor en un envase de plástico de 75 ml, con aplicador a bolilla.
27/20
19144-9072-2019
3307.20.10
Desodorante antitranspirante, líquido, acondicionado para la venta al por menor en un envase de plástico de 70 ml, con aplicador a bolilla.
28/20
19144-9073-2019
9705.00.00
Vehículo automóvil de carrera, marca Lancia, modelo Stratos HF, número de chasis 829ARO 001873, año de fabricación 1977, de interés histórico por haber participado en diferentes campeonatos internacionales de rally.
29/20
19144-16807-2019

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