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05/08/20 | Normativa

Res.MD 249/20

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Ref. Exportaci贸n temporal - Autorizaci贸n.
03/08/2020 (BO 05/08/2020)
VISTO el Expediente Electr贸nico No EX-2019-62052833-APN-DGIT#ARA, lo requerido por el se帽or Jefe del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA, y
CONSIDERANDO:
Que la ARMADA ARGENTINA ha iniciado el expediente citado en el visto a fin de solicitar se autorice la exportaci贸n temporal de DOS (2) REGULADORES DE OXIGENO pertenecientes a la aeronave SUPER ETENDARD MODERNIZADO (SEM) identificados con los N煤meros de Parte 408120M3 y N煤meros de Serie 292 y 319 respectivamente, y UN (1) REGULADOR DE OXIGENO perteneciente a la aeronave SUPER ETENDARD (SUE) cuyo N煤mero de Parte es 440960 y su N煤mero de Serie 401, los cuales deber铆an ser enviados para su recorrida general a la Empresa SECAMIC, en la Rep煤blica Francesa.
Que en el Informe T茅cnico elaborado por el Departamento Aeron谩utico del ARSENAL AERONAVAL COMANDANTE ESPORA No 02 del 5 de junio de 2019, el cual obra agregado a la providencia PV-2019-62062830-APN-DGIT#ARA se explicaron los motivos que justificar铆an lo requerido por la ARMADA.
Que, en efecto, en el informe se帽alado en el considerando anterior se puso de manifiesto que las aeronaves SUE y SEM de la ARMADA no cuentan con reguladores de O2 en servicio, lo cual implica la no-aeronavegabilidad de las mismas, como as铆 tambi茅n que dichos reguladores no pueden ser sometidos a recorrida general en el mencionado ARSENAL AERONAVAL, por no contarse con capacitaci贸n/bancos necesarios.
Que los elementos mencionados son cr铆ticos, dado que regulan el caudal, proporci贸n y presi贸n de ox铆geno suministrado a la m谩scara del piloto y requieren una recorrida general cada OCHENTA (80) meses seg煤n documentaci贸n 1SEA60 (SUE) y REPE (SEM).
Que teniendo en cuenta lo expuesto, resulta imprescindible para la puesta en servicio de ambas aeronaves enviar los elementos mencionados para un recorrido general.
Que de acuerdo a lo informado y dispuesto en la DISPOSICI脫N MNLE No 02/20 (Contrataci贸n directa No 08/19 Req: No 900504), se adjudic贸 a la Empresa SECAMIC, la adquisici贸n del servicio de inspecci贸n y mantenimiento de TRES (3) reguladores de ox铆geno de aeronaves.
Que se perfeccion贸 el contrato con la emisi贸n y recepci贸n de la Orden de Compra MNLE No 20002-900504.
Que la COMISI脫N NACIONAL DE CONTROL DE EXPORTACIONES SENSITIVAS Y MATERIAL B脡LICO como Organismo T茅cnico elabor贸 el Documento Conclusivo Com煤n 281 de fecha 10 de septiembre de 2019, en el cual luego de analizar los antecedentes recolectados y considerando lo informado por el INSTITUTO DE INVESTIGACIONES CIENT脥FICAS Y T脡CNICAS PARA LA DEFENSA (CITEDEF) mediante dictamen t茅cnico IF- 2019-68920415-APN-CITEDEF#MD de fecha 1 de agosto de 2019, opin贸 que no existen observaciones que formular a la solicitud efectuada por la ARMADA para exportar de manera temporal DOS (2) REGULADORES DE OXIGENO pertenecientes a la aeronave SUPER ETENDARD MODERNIZADO (SEM) y UN (1) REGULADOR DE OXIGENO perteneciente a la aeronave SUPER ETENDARD (SUE), los que ser谩n enviados para su recorrida general a la Empresa SECAMIC, en la Rep煤blica Francesa Que el MINISTERIO DE PRODUCCI脫N Y TRABAJO mediante nota NO-2019-72957426-APN-DE#MPYT, de fecha 15 de agosto de 2019, concluy贸 que no existen restricciones de car谩cter econ贸mico a la exportaci贸n para la posici贸n arancelaria S.I.M. de la Nomenclatura Com煤n del MERCOSUR 9032.89.90.000L declarada.
Que conforme lo indicado por la DIRECCI脫N GENERAL DE ADUANA (DGA) en nota NO-2019-00268110-AFIP- DVPNFM#SDGCAD de fecha 20 de agosto de 2019, la exportaci贸n deber谩 ajustarse al r茅gimen aduanero general en vigencia y someterse a los controles correspondientes por la DIRECCI脫N GENERAL DE ADUANAS, al momento de efectuarse.
Que, habiendo intervenido la DIRECCI脫N NACIONAL DE CONTRALOR DE MATERIAL DE DEFENSA de este MINISTERIO, se autoriza la exportaci贸n de los elementos indicados en el primer considerando requerida por la ARMADA.
Que las DIRECCIONES GENERALES DE ASUNTOS JUR脥DICOS de la ARMADA ARGENTINA y de este MINISTERIO, han tomado la intervenci贸n que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el art铆culo 4o inciso b) de la Ley de Ministerios Ley 22.520 (T.O. 1992) y sus modificatorias.

Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:

ART脥CULO 1o.- Autorizase la exportaci贸n temporal de DOS (2) REGULADORES DE OXIGENO pertenecientes a la aeronave SUPER ETENDARD MODERNIZADO (SEM) identificados con los N煤meros de Parte 408120M3 y N煤meros de Serie 292 y 319 respectivamente, y UN (1) REGULADOR DE OXIGENO perteneciente a la aeronave SUPER ETENDARD (SUE) cuyo N煤mero de Parte es 440960 y su N煤mero de Serie 401, para realizar un servicio inspecci贸n y mantenimiento, con destino a la Empresa SECAMIC en la REP脷BLICA FRANCESA.

ART脥CULO 2o.- Arb铆trense las medidas necesarias a los efectos de que la MISI脫N NAVAL LOG脥STICA EN EUROPA constate la recepci贸n del material a exportar en la planta de la Empresa SECAMIC.

ART脥CULO 3o.- H谩gase saber al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA ARGENTINA, que deber谩 informar a la SECRETAR脥A EJECUTIVA de la COMISI脫N NACIONAL DE CONTROL DE EXPORTACIONES SENSITIVAS Y MATERIAL B脡LICO (CONCESYMB), el regreso al pa铆s del material objeto de trato.

ART脥CULO 4o.- Comun铆quese, publ铆quese, dese a la DIRECCI脫N NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y arch铆vese.

Agustin Oscar Rossi

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