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Buenos Aires, 28 de Enero de 2013  
INFORMACION IMPORTANTE - ULTIMAS NOVEDADES DE COMERCIO EXTERIOR

Teniendo en cuenta los importantes cambios que se vienen realizando en los ultimos dias, hemos elaborado un breve resumen de las 3 (tres) normas mas relevantes en materia del Comercio Exterior.

1) Decreto N° 2646/2013 – Modificación del Régimen de Importación de Bienes Usados. (Vigencia 09/01/2013)

Los bienes comprendidos en los capítulos y mercaderías detalladas a continuación, que se importen usados, deberán cumplimentar con los procesos de reacondicionamiento; en el país de origen, país de procedencia o en el país de destino.

-> Cap. 84 REACTORES NUCLEARES, CALDERAS, MÁQUINAS, APARATOS Y ARTEFACTOS MECÁNICOS; PARTES DE ESTAS MÁQUINAS O APARATOS.

-> Cap. 85 MÁQUINAS, APARATOS Y MATERIAL ELÉCTRICO, Y SUS PARTES; APARATOS DE GRABACIÓN O REPRODUCCIÓN DE SONIDO, APARATOS DE GRABACIÓN O REPRODUCCIÓN DE IMAGEN Y SONIDO EN TELEVISIÓN, Y LAS PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS APARATOS.

-> Cap. 86 VEHÍCULOS Y MATERIAL PARA VÍAS FÉRREAS O SIMILARES, Y SUS PARTES; APARATOS MECÁNICOS (INCLUSO ELECTROMECÁNICOS) DE SEÑALIZACIÓN PARA VÍAS DE COMUNICACIÓN.

-> Cap. 87 VEHÍCULOS AUTOMÓVILES, TRACTORES, VELOCÍPEDOS Y DEMÁS VEHÍCULOS TERRESTRES; SUS PARTES Y ACCESORIOS

-> Cap. 88 AERONAVES, VEHÍCULOS ESPACIALES Y SUS PARTES

-> Cap. 89 BARCOS Y DEMÁS ESTRUCTURAS FLOTANTES

-> Cap. 90 INSTRUMENTOS Y APARATOS DE ÓPTICA, FOTOGRAFÍA O CINEMATOGRAFÍA, DE MEDIDA, CONTROL O PRECISIÓN; INSTRUMENTOS Y APARATOS MEDICOQUIRÚRGICOS; PARTES Y ACCESORIOS DE ESTOS INSTRUMENTOS O APARATOS

Se aplicaran los siguientes tributos para la importación definitiva:

Anexo I.a) Derechos de Importación 28%
Anexo I.b) Derechos de Importación 14%
Anexo I.c) Derechos de Importación 6%.

Las autoridades de aplicación serán las Secretarias de Comercio Exterior y de Industria; la Dirección Nacional de Aeronavegabilidad y en caso que el proceso de reacondicionamiento se realice en el país de importación, el órgano de aplicación sera el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).

Los bienes importados por este régimen deberán ser destinados por los usuarios finales, estarán sujetos a “Comprobación de destino” y no podrán ser vendidos ni enajenados por el término de 4 (cuatro) años.


2) Decreto N° 25/2012 – Modificación de Aranceles de Importación para determinadas mercaderías. (Vigencia 23/01/2013)

Modificacion de las alicuotas, elevadas al Arancel Maximo Consolidado permitido por la Organizacion Mundial del Comercio que es del 35% Ad Valorem; correspondientes a los Derechos de Importacion Extrazona , para las siguientes mercaderias:

Frutas u otras frutos frescos (Kiwis), Café tostado (Sin descafeinar), Semillas forrajeras, Grasas y aceites, vegetales y sus fracciones, Margarina, mezclas o preparaciones alimenticias, animales o vegetales, Preparaciones y conservas de pescados (Atunes), Tomates preparados o conservados, Hongos y trufas, preparados o conservados, Piñas (Ananas), preparados o conservados, Preparaciones de los tipos utilizados para la elaboración de bebidas, Agua (Agua mineral y la gaseada), Whisky, Alimentaciones de los animales, Tabaco en rama o sin elaborar (sin desvenar o desnervar), Preparaciones de belleza, maquillajes y para el cuidado de la piel, Herbicidas, inhibidores de germinación, Desinfectantes, Neumáticos (de los tipos utilizados automóviles de turismo, autobuses o camiones, motocicletas, en vehículos y maquinas para la construcción), Tableros de fibras de madera (materias leñosas incluso aglomerados), Corcho aglomerado y manufacturas, Partes superiores de calzados, Piedras de talla (Granito), Ladrillos, placas, baldosas y piezas cerámicas, Bisutería, Barriles, tambores, bidones, latas o botes (aptos para el envasado de alimentos), Artículos de uso domestico (de acero inoxidable), Llaves de ajuste de mano, Útiles intercambiables para herramientas de mano, Herrajes y artículos similares, Bombas centrifugas, Ventiladores de mesa, pared, cielo raso, techo o ventana, Hornos de panadería, pastelería o galleterías; Vitrinas, mostradores para la exposicion de productos que contengas equipo de producción de frío, Secadores, Aparatos de destilación o rectificación, Aparatos para filtrar o depurar gases, Polipastos, Maquinas de sondeo o perforación, Sembradoras, plantadoras y trasplantadoras, Cortadora de césped, Guadañadoras, Impresoras, copiadoras y de fax (maquinas que realicen dos o mas funciones), Maquinas de lavar ropa, Maquinas de enrollar, curvar, plegar, enderezar, Herramientas neumáticas, hidráulicas, Maquinas automáticas para tratamiento o procedimiento de datos, portátil, peso inferior o igual a 10 Kg, Moldes para caucho o plástico, Maquinas de cortar el pelo o esquilar, Aparatos eléctricos para calefacción de espacio o suelos, Aparáramos electrotérmicos para el cuidado del cabello o para secar las manos, Calentadores eléctricos (hornos, cocinas, calentadores, pàrrilas y asadores, Teléfonos, Teléfonos celulares (móviles); Soportes ópticos, Lámparas y tubos eléctricos de incandescencia (halógenos, fluorescentes, de descarga), Cables (conductores eléctricos para una tensión inferior igual a 1000V, Motocicletas (cilindradas superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 500 cm3, superior a 500 cm3 inferior o igual a 800 cm3 y superior a 800 cm3), Anteojos de sol, Instrumentos musicales (teclados, excepto los acordes, guitarras y contrabajos), Asientos giratorios de altura ajustables, Muebles de metal, Lámparas y demás aparatos eléctricos de alumbrados para colgar o fijar al techo o a la pared, Construcciones prefabricadas ( con estructura de hierro o acero), Balones y pelotas (excepto las de golf o tenis de mesa), Patines para hielo, de ruedas, Cepillos de dientes (incluidos para dentaduras postizas), Bolígrafos (rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa), Encendedores de gas no recargables, de bolsillo.


3) Resolución MEFP N° 11/2013 – Derogación del procedimiento para el pedido de Licencias No Automáticas. (Vigencia 25/01/2013).

Derogación de las siguientes Resoluciones:

Resolución 1117/99 Certificado de Importación de Papel, CIP
Resolución 444/04 Certificado de Importación de Artículos para el Hogar, CIAH
Resolución 485/05 Certificado de Importación de Juguetes, CIJ
Resolución 486/05 Certificado de Importación de Calzados, CIC
Resolución 689/06 Certificado de Importación de Motocicletas, CIM
Resolución 694/06 Certificado de Importación de Cubiertas de Bicicletas, CICCNB
Resolución 217/07 Certificado de Importación de Pelotas, CIP
Resolución 343/07 Certificado de Importación de Productos Textiles, CIPT
Resolución 47/07 Certificado de Importación de Manufacturas Diversas, CIMD
Resolución 61/07 Certificado de Importación de Partes de Calzados, CIPC
Resolución 588/08 Certificado de Importación de Productos Metalúrgicos, CIPM
Resolución 589/08 Certificado de Importación de Hilados y Tejidos, CIHT
Resolución 26/09 Certificado de Importación de Neumáticos, CIN
Resolución 61/09 Certificado de Importación de Productos Varios, CIPV
Resolución 165/09 Certificado de Importación de Tornillos y Afines, CITA
Resolución 337/09 Certificado de Importación de Autopartes y Afines, CIAPA
Resolución 45/11 Certificado de Importación de Vehículos Automóviles, CIVA

La única NO derogada es la Resolución 220/03, Certificado de Importación de Bicicletas, CIB

Además, establece que serán archivadas las actuaciones administrativas y solicitudes vinculadas con las normas derogadas, en razón de haber perdido virtualidad jurídica.


Cabe resaltar, que la presente normativa NO menciona NI sugiere ningun tipo de modificacion sobre las Declaraciones Juradas Anticipadas de Importacion (DJAI);

Es decir que las DJAI, conservan plena vigencia.



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