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Buenos Aires, 27 de Noviembre de 2012  
Importante - Tolerancias en DJAI

CIRA: Informe sobre tolerancias en DJAI

Por medio del presente, queremos compartir con ustedes un informe recibido respecto a las tolerancias admitidas por la Aduana en el uso de la DJAI, que consideramos de utilidad.




Los datos inalterables de la DJAI, son:
CUIT del importador
Valor FOB y Divisa correspondiente
Posición Arancelaria SIM/código AFIP (excepto cuando los sufijos se mantienen inalterables)
Tipo de unidades de comercialización
Estado de la mercadería
País de origen.
En consecuencia, todos los datos complementarios exigidos por la DJAI (comprador/vendedor, flete total -divisa y monto-, seguro total -divisa y monto-, ajuste a incluir y ajuste a deducir, código y lista, etc) podrán ser modificados al momento de la afectación de la DJAI en el SIM, ya que son de carácter facultativo a los fines del declarante.

Tolerancias en Valor FOB unitario

En relación al valor FOB, se acordó con la DGA un margen de tolerancia de hasta un 10% de variación (siempre considerando el valor FOB unitario), el cual ya está inserto en el SIM y puede ser utilizado.

Tolerancias en Cantidad

Si bien la AFIP (a través de su micrositio, donde se actualizan las pautas generales de la DJAI) había informado que en cuanto a las cantidades podían existir "tolerancias razonables", nunca se dejó en claro ni establecido cual sería el porcentaje real a tener en cuenta. En consecuencia, ante la indefinición y la falta de consenso en la misma AFIP acerca de un margen específico, se decidió no admitir ningún tipo de tolerancia (en más) entre la DJAI y el despacho. Es decir, que en principio el SIM no admitiría "ni un gramo de mas" en el despacho respecto de la DJAI.

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