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06/01/15 | Jurisprudencia

Inseguridad de los operadores

Image Por H茅ctor Guillermo Vidal Albarrac铆n | Para LA NACION

Ultimamente los ciudadanos no s贸lo ven peligrar su vida por la inseguridad en las calles, sino que asisten a la utilizaci贸n del derecho penal como mecanismo de presi贸n por parte de los organismos de control, que llegan a poner en riesgo su libertad, honor y su fuente de trabajo.

El derecho penal es un derecho sancionador: "El que hace esto, ser谩 castigado de esta manera". Esta f贸rmula mon贸tona por su simplicidad y casi cansadora, es un instrumento fundamental para preservar el orden y la convivencia pac铆fica en toda comunidad de vida. Ahora bien, debe ser exacta y justa, de lo contrario puede transformarse en un instrumento peligroso y trastocar el fin perseguido.

Dicho de otra forma, no es maleable y no admite su aplicaci贸n como instrumento para otros fines. No cabe pues: "Si no haces lo que yo quiero, te castigar茅" y "lo har茅 como me parezca".

Parafraseando a Carrara: "La pena debe ser proporcionada al hecho cometido". La pena (derivada de pendere: pesar, medir) es un cambio de valores, es la moneda en que se paga el delito. Debe haber proporci贸n entre acci贸n y reacci贸n: si es menos es insuficiente (y se viola un deber), si es m谩s o excesiva es injusta (y hay un abuso de derecho).

JURISPRUDENCIA

Un reciente fallo jurisprudencial sobre la conducta disciplinaria de un despachante de aduana puso las cosas en su lugar, dejando a la vista que el exceso de punici贸n es nulo y constituye un abuso de autoridad.

El tribunal, a trav茅s del voto de los doctores Rogelio W. Vincenti, Jorge Eduardo Moran y Marcelo Daniel Duffy, advirti贸 que las operaciones que motivaron el sumario disciplinario eran las mismas que dieron lugar a la causa penal en orden al delito de contrabando, que culmin贸 con el sobreseimiento del despachante.

Ello significa que, a pesar de su autonom铆a, dado que el acto disciplinario se bas贸 en la conducta delictiva, el sobreseimiento reca铆do en sede judicial disminuye la gravedad de la eventual falta. Por ello, resuelve que la sanci贸n aplicada de eliminaci贸n del registro constituye un exceso de punici贸n que conlleva a su nulidad.

El precedente implica un freno a la pr谩ctica abusiva de aprovechar la v铆a disciplinaria para ejercer una presi贸n desmedida sobre los operadores de comercio exterior, desnaturalizando el alcance y fin de las normas que aplica.

As铆, las medidas cautelares o sanciones registrales que implican dejar de operar, dada la irreparabilidad del perjuicio que ocasionan requieren que se funden adecuadamente.

DEL OTRO LADO

Por 煤ltimo, cabe referirnos a lo que ocurre del otro lado del mostrador, es decir, la conducta del funcionario p煤blico que aplica la sanci贸n, que como se帽alamos, debe ser mesurado. Esto es, no facilista ni temerario.

Facilismo es el adjetivo superlativo de f谩cil, cuyo significado es "que se puede hacer sin mucho trabajo; que con ligereza se deja llevar del parecer ajeno" .

Hasta ah铆 no pasar铆a de alguien un poco harag谩n o sin mucha personalidad. Pero cuando ese alguien es un funcionario p煤blico encargado de juzgar la conducta de un auxiliar del servicio aduanero e imponer la sanci贸n de eliminaci贸n registral, el facilismo pasa a ser grav铆simo, pues colisiona con la temeridad.

PROCEDER TEMERARIO

Ese escenario de riesgo para el despachante de aduana, como se帽al茅, exige mesura por parte del funcionario p煤blico, de manera que para aplicar una sanci贸n tan grave como la eliminaci贸n registral, no basta la mera invocaci贸n, sino que se requiere un cierto grado de evidencia sobre la incompatibilidad de la permanencia en el cargo del agente con la seguridad del servicio aduanero. Si en cambio, no procede as铆, estamos frente a un proceder temerario, e incluso malicioso.

En conclusi贸n, el funcionario p煤blico que procede de manera apresurada, facilista o temeraria, tambi茅n puede incurrir en una conducta reprochable, tanto desde el punto de vista civil como penal, por incumplimiento de los deberes de funcionario p煤blico y abuso de autoridad y, a fuerza de ser justos, tambi茅n deber ser eliminado de su cargo.

El autor es abogado especialista en comercio exterior e integrante del Estudio BRSV Abogados.

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