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23/07/14 | Jurisprudencia

Exclusi贸n de registro de granos: La Justicia fall贸 a favor de la AFIP

Image El Juzgado Federal de Resistencia fall贸 a favor de la AFIP al rechazar la acci贸n de amparo promovida por una empresa que fue excluida del Registro Fiscal de Operadores de Granos. En dicho amparo, la firma solicitaba la nulidad de la exclusi贸n y pretend铆a que se declare la inconstitucionalidad de la R.G. 2300 (AFIP) que reglamenta dicho registro.

El juez Dr. Carlos Rub茅n Skidelsky rechaz贸 el amparo promovido por la empresa, recordando que en principio, las facultades de autoridades administrativas solamente se pueden revisar judicialmente si incurren en arbitrariedad o ilegalidad, cosa que no ocurre en este caso.

En este sentido, el magistrado expres贸 que la suspensi贸n o exclusi贸n del citado Registro, constituye una 鈥渁ctividad reglada鈥 de la AFIP, desde que el ejercicio de dicha atribuci贸n est谩 preestablecido mediante la fijaci贸n concreta de una determinada conducta que el interesado debe observar al tiempo de ejercitarla.

Para esto, el Dr. Skidelsky destac贸 que la RG 2300 (AFIP) 鈥 que la empresa pretend铆a declarar inconstitucional- tiene en miras facilitar la identificaci贸n de los sujetos involucrados en la comercializaci贸n de granos y de esa forma agilizar el an谩lisis de las operaciones de venta, determinando as铆 la real capacidad econ贸mica y financiera de los operadores, produciendo un adecuado control de los sujetos que intermedian en la comercializaci贸n de granos y legumbres.

Adem谩s, dicha resoluci贸n tipifica y expone las condiciones para adherirse y continuar dentro del r茅gimen a cuyo fin establece un cat谩logo de supuestos que califican como 鈥渋ncorrecta conducta fiscal鈥.

El titular del juzgado explic贸 que el concepto de 鈥渋ncorrecta conducta fiscal鈥 no est谩 librado al arbitrio de la Administraci贸n, sino que los distintos supuestos se encuentran previstos en la normativa.

Incorrecta conducta fiscal

La existencia de proveedores sin capacidad operativa, como el uso indebido de cartas de porte, falta de respaldo econ贸mico, inconsistencias en las declaraciones juradas de Impuestos a las Ganancias, etc., son inconductas fiscales que se corresponden con las tipificadas en la RG 2300/07 (AFIP), que dispone la exclusi贸n 鈥渃uando la realidad econ贸mica indique que la actividad efectivamente desarrollada no se corresponde con la cantidad de granos comercializados y/o con el comercio de granos鈥.

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