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25/04/24 | Noticias

Plataforma TAD: Procedimiento transitorio para declarar el Número de RUMP

Image El Centro Despachantes de Aduana informa a sus asociados el procedimiento transitorio indicado por la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología para avanzar con aquellos trámites realizados a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD) que al día de hoy aún requieren la declaración del número del Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.), siendo que el mismo se encuentra derogado.

Por medio de la Resolución N° 114/2024 (B.O.:25/03/2024), el Ministerio de Economía dispuso la eliminación del Registro Único de la Matriz Productiva (R.U.M.P.).

La inscripción a dicho Registro debía gestionarse en forma previa a la iniciación de los trámites a gestionar a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), ya que su número era requerido como información obligatoria al momento en que se iniciaban tramitaciones mediante dicha herramienta de gestión.

Si bien la eliminación del RUMP exceptuaría el requisito de declarar tal número al momento de iniciar trámites desde el TAD, por cuestiones sistémicas, hasta el momento dicho dato es aún requerido como información obligatoria para avanzar con las solicitudes correspondientes.

En virtud, la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología informa que, dados los inconvenientes en los sistemas operativos del Ministerio de Economía referentes a la solicitud del número de RUMP (el cual se encuentra derogado), los pasos a seguir para avanzar sobre tal solicitud son:

- Indicar el número de inscripción al RUMP que se tenía vigente al momento de la derogación.
O bien;
- En caso de no contar con dicho número, ingresar el que se detalla a continuación: RL-2017-6407958-MP

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