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15/04/24 | Noticias

Cupo femenino: las empresas ya no est谩n obligadas a sumar mujeres al directorio

Image *La Inspecci贸n General de Justicia derog贸 la resoluci贸n de 2020 que establec铆a la paridad de g茅nero en los 贸rganos de administraci贸n de las sociedades. Los motivos.*

La Inspecci贸n General de Justicia (IGJ) dio marcha atr谩s con la resoluci贸n general 34/2020 del gobierno de Alberto Fern谩ndez que obligaba a las sociedades a tener en sus 贸rganos de administraci贸n y de fiscalizaci贸n una composici贸n que respetara la diversidad de g茅nero.

La norma dictada en 2020 establec铆a la paridad de integrantes masculinos y femeninos en los directorios de las compa帽铆as.

La norma reg铆a para las asociaciones civiles en proceso de constituci贸n, las simples asociaciones que soliciten su inscripci贸n en el registro voluntario, las sociedades an贸nimas, las fundaciones con un consejo de administraci贸n de integraci贸n temporaria y electiva, y las sociedades de Estado.

*En los considerandos de la resoluci贸n general 13/2024, la IGJ detalla que el llamado cupo femenino para los directorios hab铆a sido recurrido en la Justicia en gran cantidad de oportunidades con resultados favorables para los demandantes.*

En ese sentido, el organismo dice que con el reglamento administrativo invalidado por una sentencia firme, la Administraci贸n no puede volver a defender en juicio su vigencia.

cronista.com

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