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30/08/13 | Jurisprudencia

DOCTRINA - SML / Sistema Moneda Local (Pagos entre Argentina – Brasil / Brasil – Argentina)

Image Ya hace cinco años que el gobierno Argentino y el de Brasil crearon un sistema de pagos en moneda local para facilitar las transacciones entre ambos estados (operaciones de importación y exportación en uno y otro sentido). Así se estableció el SML (Sistema de Pago en Moneda Local), cuya utilización es voluntaria por parte de las entidades financieras, hecho por el cual no interfiere con las normas y prácticas de pago existentes.

En este sistema tanto el importador como el exportador están pagando o cobrando en sus respectivas monedas (tratase de pesos argentinos o reales), además no hay modificación respecto a la documentación de comercio exterior, excepto que el Permiso de Embarque y su factura comercial E debe ser hecho en moneda local. Así también los pagos de las importaciones argentinas en reales pueden realizarse a través de cuentas en reales radicadas en Brasil.

En Argentina distintas comunicaciones del BCRA norman el presente instrumento, tales como la Com. “A†4847, 4848, 9352; mientras que en Brasil la Res. 12/07 de la CAMEX posibilitó el registro de operaciones en reales a todo destino.

Para el importador en argentina, los pasos para el pago son los siguientes:

- El importador argentino recibe la factura del Exportador de Brasil emitida en REALES, razón por la cual documentará el despacho de importación en reales y canalizará el pago a través de una entidad financiera que esté operando con el sistema.

- La entidad financiera participante deberá hacer el registro en reales ante el BCRA.

- El Exportador brasileño deberá brindar los siguientes datos al importador argentino:

i. ISPB identificador de la entidad financiera
ii. Agencia
iii. Cuenta Corriente
iv. CNPJ (Cadastro Nacional de Pessoa Jurídica) / CPF (Cadastro de Pessoa Física)

- El pago se efectuará en pesos en las entidades financieras con base en la tasa acordada con cada entidad o Tasa SML divulgada por el BCRA en el día


Es decir que el importador argentino para el pago de los bienes (plazos máximos de 360 días), el día 1 deberá completar la carta de instrucciones para dicho pago de bienes por el SML en su banco, adjuntando la documentación correspondiente. El día 2, antes de las 12.00 hs., se debitará de su cuenta los PESOS correspondientes al tipo de cambio concertado e informado por el BCRA el día 1.

Con respecto al tema de origen y procedencia de la mercadería (pagos mediante SML), oportunamente ante una consulta al BCRA respecto si podía un importador argentino pagar mercadería exportada por Brasil, que se encontraba ingresada en ese país a una Zona Franca pero era originaria de USA, especificándole si debía ser procedente y originaria de Brasil o si sólo podía proceder de Brasil, respondió: “…El SML es un sistema de pagos. En la medida en que el envío se realice desde Brasil y la documentación esté en moneda del exportador, reales en este caso, no debería tener ningún inconveniente…â€. Gerencia Principal de Acuerdo Internacionales – BCRA.

Cabe aclarar que el SML no alcanza al pago de servicios, hasta ahora se lo aplica a los bienes.

El presente sistema podría cubrir la importación en el sentido de la no utilización de divisa fuerte (U$S) para el pago, lo que se entiende resulta beneficioso a la hora de contabilizar la balanza comercial.




Lic. Rubén Marrero
ruben.marrero@sdbarg.com


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