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23/12/21 | Internacional

Anuncio SIECA: 1 de enero de 2022 entrar谩 en vigencia Resoluci贸n No. 450- 2021 (COMIECO EX)

Image La actualizaci贸n del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) conforme a la nomenclatura internacional que entrar谩 en vigencia el 1 de enero de 2022, responde a avances tecnol贸gicos, razones estad铆sticas y otros requerimientos del comercio internacional.

SIECA inform贸 que, a partir del 1 de enero de 2022 entrar谩 en vigencia la Resoluci贸n No. 450- 2021 (COMIECO EX) de fecha 22 de julio de 2021, emitida por el Consejo de Ministros de Integraci贸n Econ贸mica (COMIECO) que aprueba las modificaciones de la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designaci贸n y Codificaci贸n de Mercanc铆as emitida por la Organizaci贸n Mundial de Aduanas (OMA) al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC 2022), en la forma en que se consigna en el Anexo 1 de la citada Resoluci贸n, el cual constituye el Anexo 鈥淎鈥 del Convenio sobre el R茅gimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

El Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) contiene las modificaciones, atendiendo las revisiones del Sistema Armonizado (SA), por parte de la Organizaci贸n Mundial de Aduanas (OMA).

La actualizaci贸n del Sistema Arancelario Centroamericano (SAC) conforme a la nomenclatura internacional que entrar谩 en vigencia el 1 de enero de 2022, responde a avances tecnol贸gicos, razones estad铆sticas y otros requerimientos del comercio internacional. Este es un trabajo peri贸dico que se genera cada cinco a帽os y que resalta por su importancia para el comercio, tanto intrarregional como con terceros socios comerciales.

La adecuaci贸n de la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designaci贸n y Codificaci贸n de Mercanc铆as al Sistema Arancelario Centroamericano (SAC), son una herramienta que contribuye a la correcta clasificaci贸n de mercanc铆as en las operaciones de comercio exterior, para atender las nuevas tendencias del comercio internacional.

La VII enmienda en el SAC cuenta con 351 modificaciones en la nomenclatura, incluyendo notas de Secci贸n, notas de Cap铆tulo, supresi贸n y nuevos c贸digos arancelarios, y descripci贸n de los productos. La adecuaci贸n no implica cambios en los Derechos Arancelarios de Importaci贸n (DAI).

Se recomienda al usuario tomar en cuenta las 351 modificaciones provocadas por la VII enmienda que incluye los sectores de: alimentos, textil y confecci贸n, qu铆micos, tecnolog铆a, impresoras 3D, drones y veh铆culos h铆bridos, entre otros.

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