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03/05/17 | Internacional

La relevancia de la figura del Operador Econ贸mico Autorizado

Image El 13 de marzo de 2017 entr贸 en vigencia la denominada Ley de Modernizaci贸n de la Legislaci贸n Aduanera que establece una serie de modificaciones a la Ordenanza de Aduanas, a la Ley Org谩nica del Servicio Nacional de Aduanas y otros cuerpos normativos, adoptando adem谩s el sistema denominado 鈥淥perador Econ贸mico Autorizado鈥.

A excepci贸n de la Ley N掳 20.780, que modifica la estructura tributaria del Pa铆s y la Ley N掳 20.322, que crea los Tribunales Tributarios y Aduaneros, la Ordenanza de Aduanas, no hab铆a sido objeto de una modificaci贸n en sus aspectos procedimentales, aduaneros y de comercio exterior desde hace m谩s de 20 a帽os.

En ese orden, el abogado Fernando Vargas Olivares, socio fundador de Adexco Abogados, dio luces sobre el origen de esta nueva institucionalidad y explic贸 los elementos fundamentales de esta normativa.

Seg煤n explica el abogado, la Ley N掳 20.997 contiene importantes innovaciones y modificaciones para la estructura aduanera de Chile, dentro de las cuales figuran las que se refieren a la 鈥渁mpliaci贸n de plazos para la formulaci贸n de cargos鈥 en los despachos aduaneros por parte del Servicio Nacional de Aduanas.

Tambi茅n innova al establecer una nueva 鈥渇acultad del importador para retirar las mercanc铆as de la potestad aduanera previa garant铆a de pago de grav谩menes aduaneros鈥 y crea la nueva 鈥淒estinaci贸n Aduanera de Dep贸sito鈥, entre otras materias. Asimismo, incorpora el 鈥淥perador Econ贸mico Autorizado鈥 (OEA).

Respecto a este 煤ltimo punto se帽al贸 que 鈥渆l OEA nace a prop贸sito del aumento del riesgo en el tr谩fico il铆cito de drogas, contrabando, la violaci贸n de propiedad industrial e intelectual y por el alto riesgo de terrorismo en evidencia tras los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos鈥.

Explica que bajo el marco del programa SAFE (Marco de Normas para la Seguridad y Facilitaci贸n del Comercio Mundial), de la Organizaci贸n Mundial de Aduanas, suscrito el a帽o 2005 por Chile, 鈥渟e resumen y sistematizan un conjunto de iniciativas tanto para la facilitaci贸n como para la seguridad de la cadena de suministro a trav茅s del fortalecimiento de las asociaciones entre las Aduanas y las empresas por medio de programas de operadores econ贸micos autorizados (OEA) y por medio de 鈥楢cuerdos de Reconocimiento Mutuo鈥 (ARM)鈥.

Fernando Vargas, detalla que 鈥渆n el mundo ya son m谩s de 50 pa铆ses los que se han sumado al programa OEA鈥 y, adicionalmente, 鈥渟e han estrechado v铆nculos entre distintas econom铆as del mundo mediante la homologaci贸n de programas OEA a trav茅s de los Acuerdos de Reconocimiento Mutuo, los cuales permiten a las aduanas de los pa铆ses firmantes de los ARM establecer flujos bilaterales con altos est谩ndares de seguridad y previsibilidad鈥, entregando adem谩s, a los operadores OEA 鈥渧entajas orientadas a mejorar su competitividad respecto del resto de los actores no adscritos al programa鈥.

Escenario en Chile

Acerca de la situaci贸n en Chile del OEA, Fernando Vargas se帽ala 鈥渜ue no es una instituci贸n ajena o desconocida para nuestro sistema aduanero, ya que el Servicio Nacional de Aduanas actualmente opera un programa piloto OEA para las exportaciones鈥.

En Chile, este programa implica que, 鈥渆n r茅gimen, un operador del comercio exterior deber谩 acreditar y validar satisfactoriamente los requisitos establecidos por el Servicio Nacional de Aduanas de Chile haya establecido, entre ellos: solvencia financiera, sistema de control Interno y gesti贸n de la Seguridad鈥, a帽ade.

El abogado detalla que la Ley N掳 20.997 incorpora este sistema mediante el art铆culo 23 bis, que indica que: 鈥渆l Director Nacional de Aduanas, a requerimiento de los interesados, podr谩 certificar como Operadores Econ贸micos Autorizados a personas que podr谩n actuar en la cadena log铆stica del comercio exterior, con el objeto de acceder a los beneficios relativos a control y simplificaci贸n de procesos aduaneros, seg煤n su rol en la referida cadena鈥.

Vargas indica que la norma tambi茅n establece que 鈥渕ediante reglamento dictado a trav茅s de decreto supremo del Ministerio de Hacienda se establecer谩n las actividades susceptibles de ser consideradas para la certificaci贸n de Operador Econ贸mico Autorizado, as铆 como los requisitos, condiciones, prerrogativas y obligaciones de las personas que accedan a la certificaci贸n鈥, teniendo esta 煤ltima una vigencia de tres a帽os, renovable por per铆odos sucesivo鈥.

鈥淚ncorporar al sector privado鈥

Fernando Vargas, indica que como es la propia Ley la que entrega toda la responsabilidad de normar el sistema OEA al Ministerio de Hacienda mediante un reglamento, 鈥渟e hace necesario que el Ministerio de Hacienda abra rondas de discusi贸n colaborativas sobre el sistema con el sector privado, tales como las asociaciones de Agentes de Aduana, las asociaciones de operadores y profesionales de la log铆stica en Chile y las asociaciones de exportadores nacionales para el correcto an谩lisis e implementaci贸n del reglamento鈥

Lo anterior, apunta 鈥渃on el objetivo de que la reglamentaci贸n expedida por el Ministerio sea acorde a la realidad log铆stica de Chile y sea un verdadero aporte para la seguridad de toda la cadena log铆stica del comercio exterior chileno y contribuya a la reducci贸n de tiempos y costos del comercio transfronterizo de bienes鈥.

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