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11/01/13 | Jurisprudencia

MUY IMPORTANTE - C谩mara en lo Penal Econ贸mico incorpora el Lavado en un procesamiento por Contrabando

Image CAMARISTAS INCORPORAN EL LAVADO EN UN PROCESAMIENTO POR CONTRABANDO

La Sala B de la C谩mara en lo Penal Econ贸mico resolvi贸 confirmar el procesamiento de Cledy Jackelin Figueroa Barboza por tentativa de contrabando en concurso real con el delito de lavado de activos, tras haber intentado fugar del pa铆s m谩s de 80 mil d贸lares de origen presuntamente il铆cito.

El pasado 18 de diciembre de 2012, la Sala B de la C谩mara Nacional en lo Penal Econ贸mico -integrada por los jueces Marcos Grabivker, Nicanor Repetto y Roberto Hornos- confirm贸 el procesamiento de Cledy Jackelin Figueroa Barboza por contrabando en concurso real con el delito de lavado de activos por receptaci贸n.

El fallo de C谩mara respald贸, as铆, la resoluci贸n dictada en abril de 2012 por el juez en lo Penal Econ贸mico N掳 3, Rafael Caputo, quien entendi贸 que el intento de Cledy Jackelin Figueroa Barboza de fugar m谩s de 80 mil d贸lares del pa铆s deb铆a juzgarse en consonancia con el presunto origen il铆cito de esos fondos.

La causa caratulada 鈥淔igueroa Barboza, Cledy Jackelin s/ infracci贸n ley 22.415 en grado de tentativa鈥 se inici贸 en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza, cuando al sonar la alarma del detector de metales, la mujer manifest贸 que llevaba entre sus pertenencias 27 mil d贸lares. Sin embargo, luego se comprob贸 que intentaba extraer 86.260 d贸lares divididos en varios paquetes, uno ubicado en cada una de sus zapatillas, otros dos en bolsillos del pantal贸n y un 煤ltimo en el interior de su cartera.

Figueroa Barboza, de nacionalidad peruana, declar贸 que la suma de dinero proven铆a de la venta de un inmueble de un amigo de Per煤 que la dej贸 encargada de la transferencia y que quiso llevarle el monto personalmente. Tambi茅n manifest贸 desconocer la legislaci贸n argentina que establece esa acci贸n como delictiva.

Sin embargo, Figueroa Barboza no precis贸 qui茅n era la persona que le habr铆a dado ese dinero ni identific贸 el inmueble que habr铆a sido dado a la venta. Adem谩s no resultaba cre铆ble que el supuesto propietario de aquella significativa suma de dinero, no intentara identificarse y justificar la operaci贸n para recuperar sus fondos, dice el expediente.

Teniendo en cuenta la cantidad de dinero, el modo de ocultarlo, la ausencia de declaraci贸n del egreso a los encargados del control aduanero, la negativa a quitarse el calzado, la falta de acreditaci贸n del origen de las sumas involucradas y la ausencia de medios por parte de la imputada para generar rentas acordes con el dinero incautado, los camaristas Marcos Grabivker, Nicanor Repetto y Roberto Hornos sostuvieron que el origen il铆cito del dinero debe estimarse 鈥減rima facie鈥 probado, dice el fallo del 18 de diciembre de 2012.

La UIF inform贸 oralmente sus argumentos, solicitando se confirme el procesamiento ante la C谩mara en ocasi贸n de realizarse la audiencia oral.

De este modo, los jueces confirmaron el procesamiento de Cledy Jackelin Figueroa Barboza por receptaci贸n de activos provenientes de un il铆cito con el fin de hacerlos aplicar en una operaci贸n que les d茅 apariencia l铆cita 鈥揳rt铆culo 3030 inc.3 del C贸digo Penal- y el embargo de sus bienes por 3.788.400 pesos.

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